facturas rápidas ec frec

Resolución #NAC-DGERCGC25-00000017 🎙️ – PODCAST

El Servicio de Rentas Internas (SRI) ha publicado la Resolución NAC-DGERCGC25-00000017, mediante la cual se reforman varios artículos de la resolución anterior NAC-DGERCGC25-00000014, referente a la anulación de comprobantes de venta, retención y documentos complementarios electrónicos.
Esta nueva normativa entrará en vigor a partir del 1 de agosto de 2025, con algunos apartados que se aplicarán desde enero de 2026.

Objetivo de la reforma

 

El SRI busca agilizar los procesos de anulación de comprobantes electrónicos y mejorar la trazabilidad de documentos anulados o corregidos. Además, la institución ajusta los plazos de implementación de las reglas sobre anulación de comprobantes y emisión de notas de crédito, garantizando mayor eficiencia y control tributario.

Cambios más importantes

1. Reducción del plazo para anular comprobantes

El plazo para realizar la anulación de comprobantes electrónicos se reduce del día 10 al día 7 del mes siguiente a la emisión del documento.
Esto obliga a los contribuyentes a revisar y corregir errores con mayor rapidez, evitando sanciones o inconsistencias contables.

2. Excepciones para comprobantes de retención

El nuevo texto aclara que el plazo de anulación no aplica para comprobantes de retención relacionados con el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD), conforme al artículo 26 del Reglamento respectivo.

3. Anulación automática en casos especiales

Los comprobantes de retención, notas de crédito o débito emitidos a sujetos del exterior o a personas registradas como fallecidas en el Registro Civil podrán anularse automáticamente una vez enviada la solicitud por el emisor, sin necesidad de aceptación del receptor.

4. Reglas para la emisión de notas de crédito

Se establece que las notas de crédito solo podrán emitirse en los casos expresamente contemplados por el Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios.
El SRI se reserva el derecho de verificar el uso adecuado de este tipo de documentos.

5. Anulación por control tributario

 

En los procesos de control realizados por fedatarios fiscales, la Administración Tributaria podrá anular de oficio comprobantes emitidos con la leyenda “consumidor final”, cuando se determine que fueron usados indebidamente.

Con esta actualización, el SRI busca modernizar el sistema de comprobantes electrónicos, fortaleciendo el control tributario y reduciendo los tiempos administrativos.
Los contribuyentes deberán adaptar sus sistemas contables y de facturación electrónica antes del 1 de agosto de 2025, para cumplir con los nuevos plazos y procedimientos.