Facturar a consumidor final no excederá de 50USD
Hace unos días en Ecuador el presidente de la República Guillermo Lasso realizó una modificación al decreto 586 específicamente en la reforma que hace énfasis en el reglamento de comprobantes de venta, retención y documentos complementarios. El primer mandatario modifico el numeral 1 del artículo 19 de dicho reglamento cambiando la cifra tope de 200